Circular No. 437
Estimados clientes:
Llevamos a vuestro conocimiento que el dia 23/12/21, a través del Decreto 886, el Poder Ejecutivo extendió la vigencia del pago especial de indemnización por despido. La vigencia del actual decreto, hasta el 31/12/21, establece para los casos de despido sin causa para personal ingresado con anterioridad al 19/12/19, una indemnización equivalente al doble de la liquidación ordinaria establecida por la Ley de Contrato de Trabajo, con un tope de $ 500.000.-
A partir del 1/1/21, se prorroga por 180 días, escalonando tal indemnización de la siguiente manera: las que se efectúen entre el 1/1/22 y el 28/2/22, tendrán un incremento del 75%, las que se efectúen entre el 1/3/22 y el 30/4/22, del 50%, y las que se efectúen en el periodo 1/5/22 al 30/6/22, el 25%.
Tambien vence el 31/12/21 la prohibición para efectuar despidos sin causa. Nada dice el decreto mencionado, por lo cual, podemos inferir que dicha prohibición quedará sin efecto a partir del día 1/1/22.
Se sabe, a través de las distintas manifestaciones de autoridades gubernamentales, que la intención era terminar con dicha prohibición, pero no debemos olvidarnos que esto es Argentina, por lo cual, deberíamos esperar hasta el día 2/1/22, para tener la certeza de la extinción de tal prohibición.
Cualquier novedad a tales efectos, procederemos a informarles inmediatamente.
Saludos cordiales.
